“El envejecimiento prematuro de las personas con discapacidad intelectual implica nuevas necesidades sociales que exigen respuestas innovadoras en la oferta de apoyos y servicios"

AEDIS Comunicación,

“El envejecimiento prematuro de las personas con discapacidad intelectual implica nuevas necesidades sociales que exigen respuestas innovadoras en la oferta de apoyos y servicios desde las distintas políticas sociales y de empleo”, ha asegurado Óscar Sánchez Pérez, Director de Gestión Social y Relaciones Laborales de Lantegi Batuak, en el seminario online que AEDIS ha organizado  como actividad previa al Congreso “Futuro del empleo de las personas con discapacidad intelectual”, que se celebrará en mayo en Santander.

Sánchez ha insistido en que “es importante abordar de manera integral el envejecimiento en el ámbito laboral, considerando tanto sus necesidades físicas como emocionales y sociales”. Para ello “es necesario adelantarse e identificar los apoyos necesarios para que las personas que quieran continuar su actividad puedan hacerlo en condiciones de calidad”.

Asimismo ha explicado el sistema de valoración que usan en Lantegi, que se aplica a las personas con discapacidad intelectual a partir de los 40 años en el marco de los planes de apoyo individual, y el protocolo de envejecimiento que tienen implantado en la entidad.


Necesidades según Lantegi

Actualmente, el 10% de las personas con discapacidad intelectual contratadas en Lantegi Batuak presentan síntomas de envejecimiento  prematuro y no tienen posibilidad de acceso a la jubilación. Ello supone grandes retos para la entidad,  que reclama que es necesario “disponer de una oferta diversa y suficiente de apoyos, contar con mecanismos adecuados para la prevención y la detección, tener una oferta laboral adaptada y unos itinerarios circulares para que las personas tengan garantizado un nivel de ingresos mínimos, que se permita compatibilizar el CEE y centro ocupacional y que se les garantice su derecho a unos recursos en el momento de su jubilación”, ha añadido Sánchez.

Tras esta intervención, Ignacio Rivero Amavisca, director de Recursos Humanos de Ampros, ha manifestado:  “Ya el Consejo de Europa nos avisa que esta nueva realidad social constituye una emergencia silenciosa. Por ello son acuciantes medidas para preservar la autonomía, la integración social y la participación activa de las personas con discapacidad intelectual en la vida comunitaria”.


Propuestas de Ampros para tratar el envejecimiento

En relación con la prestación de apoyos en el puesto de trabajo, ha mostrado la experiencia de Ampros, que además de las clásicas adaptaciones, ha incorporado la figura del preparador laboral dentro de los equipos multidisciplinares, tanto al inicio de la relación laboral como durante el deterioro. También ha explicado que en la entidad ya no existe una sección específica para personas con deterioro por envejecimiento debido a que se trata de trabajos de poco valor añadido tendentes a desaparecer por la automatización y/o deslocalización.

Rivero ha hablado del contrato de bajo rendimiento y ha reclamado que “es necesaria una nueva regulación para una nueva realidad social, que permita compaginar deterioro y trabajo”.


Invalidez y jubilación anticipada

Respecto a los sistemas de protección social regulados en nuestro ordenamiento jurídico, ha expuesto las características del régimen de prestaciones de la invalidez en sus diferentes grados y las dificultades de las personas con discapacidad intelectual para que se les reconozca una pensión de invalidez. “El principal problema es probatorio y se hace imprescindible un planteamiento jurídico adecuado, con esfuerzo en la elaboración de pruebas periciales sólidas en la que los equipos de apoyo del propio centro han de desempeñar un protagonismo decisivo”.

Otro tema importante que ha analizado es la jubilación anticipada de las personas con discapacidad y la aplicación de coeficientes reductores por edad, porcentaje de discapacidad y patologías específicas. Como ha detallado, los principales obstáculos que se encuentran es que la discapacidad que permite el acceso debe ser una de las listadas en el Reglamento y es necesario acreditar la existencia de la discapacidad durante al menos todo el periodo de cotización.


Reforma legislativa

Para concluir, ha señalado que la legislación actual no ofrece una solución acorde a las necesidades del colectivo y que es imperioso “una reforma legislativa y social profunda, que acometa el problema en toda su dimensión: social, asistencial, laboral, que permita anticipar más aún la edad de jubilación no de una forma genérica, sino personalizada, mediante planes de valoración individuales y adaptados, generando recursos no basados exclusivamente en la cotización”, ha ultimado Rivero.


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